Si te golpea un vehículo sin seguro, robado o que se da a la fuga, el Consorcio de Compensación de Seguros paga las indemnizaciones como si fuera la aseguradora del culpable. Cubre los daños personales y, con ciertas condiciones, los materiales (por ejemplo, si el vehículo no está identificado, los daños materiales pueden estar limitados).
Última actualización: octubre de 2026.
Qué cubre el Consorcio
| Caso | Daños personales | Daños materiales |
|---|---|---|
| Vehículo identificado sin seguro | Sí | Sí (con franquicia en algunos casos) |
| Vehículo desconocido (fuga) | Sí | Solo en casos concretos (por ejemplo, si hubo daños personales importantes) |
| Vehículo robado | Sí | Sí |
Qué hacer
- Llama a la policía y consigue el atestado.
- Apunta la matrícula, el modelo y testigos.
- Acude al médico si tienes molestias.
- Comunícalo a tu aseguradora.
- Presenta la reclamación al Consorcio con el atestado y los informes.
¿Mi propio seguro me paga?
Si tienes todo riesgo, tu seguro puede reparar tu coche y luego reclamar. Si tienes terceros, reclamas directamente al Consorcio.
Ejemplo
Laura está parada en un semáforo y un coche sin seguro la golpea por detrás. El conductor está identificado. Laura sufre un esguince cervical y su coche tiene 1.800 € de daños. Reclama al Consorcio con el atestado: el Consorcio paga sus lesiones y los daños del coche, y después reclama al conductor sin seguro.
Plazo
Reclama cuanto antes: las acciones derivadas de accidentes de tráfico prescriben en un año.
Más preguntas frecuentes
¿Necesito abogado para reclamar al Consorcio?
No es obligatorio para la reclamación inicial.
¿Y si el culpable es un vehículo extranjero sin seguro?
Existen mecanismos de oficinas nacionales y del Consorcio para estos casos. Consulta con tu aseguradora.
Documentación para el Consorcio
- Atestado policial o diligencias.
- Informes médicos y facturas.
- Presupuesto o factura de reparación.
- Fotos de los daños.
- Datos del vehículo culpable si se conocen.
Cómo se comunica
- Presenta la reclamación por la web del Consorcio o en sus delegaciones.
- Recibirás un número de expediente.
- El Consorcio puede pedir peritaciones o informes médicos.
- Si estás de acuerdo con la oferta, cobrarás la indemnización.
Este artículo es información general y no sustituye el asesoramiento profesional. Las coberturas concretas dependen de tu póliza: revisa siempre sus condiciones generales y particulares o consulta con un mediador de seguros.
Escrito por Israel Medina, editor de Seguros Tranquilo. En Seguros Tranquilo explicamos los seguros con ejemplos reales y sin letra pequeña, contrastando siempre con la Ley de Contrato de Seguro y las fuentes oficiales. No vendemos seguros ni trabajamos para ninguna aseguradora. Cómo trabajamos.