Para cobrar un seguro de vida, el beneficiario debe comunicar el fallecimiento a la aseguradora y presentar la documentación que acredite la muerte, su causa y su condición de beneficiario. Si todo está en orden, la aseguradora debe pagar en un plazo razonable; si se retrasa sin justificación, debe intereses de demora.
Última actualización: octubre de 2026.
Documentos habituales
- Certificado literal de defunción.
- Certificado médico de la causa del fallecimiento.
- DNI del beneficiario.
- Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad y copia del testamento (si los beneficiarios son herederos).
- Justificante de haber presentado el Impuesto sobre Sucesiones (o de su exención).
- Número de cuenta del beneficiario.
Pasos
- Averigua si el fallecido tenía seguros de vida. Ver cómo saberlo.
- Comunica el fallecimiento a cada aseguradora.
- Pide la lista exacta de documentos.
- Presenta el Impuesto sobre Sucesiones.
- Entrega la documentación y guarda el justificante.
Si la aseguradora no paga
Pasados tres meses desde el fallecimiento, o 40 días sin pagar el importe mínimo desde que recibió la declaración, la aseguradora puede incurrir en mora y deberá intereses. Ver plazo de pago e intereses y qué hacer si no paga.
¿Hay plazo para reclamar?
Las acciones derivadas del seguro de personas prescriben a los cinco años. No lo dejes pasar.
Plazos orientativos
| Paso | Tiempo aproximado |
|---|---|
| Certificado de defunción | Días |
| Certificado de últimas voluntades | 15 días hábiles tras el fallecimiento |
| Certificado de seguros de fallecimiento | 15 días hábiles tras el fallecimiento |
| Presentar Sucesiones | Hasta 6 meses |
| Pago de la aseguradora | Semanas desde que tiene toda la documentación |
Consejos
- Pide los certificados en paralelo.
- Guarda copia de todo lo que entregues.
- Si hay varios beneficiarios, coordinaos para entregar la documentación a la vez.
Más preguntas frecuentes
¿La aseguradora puede pagar antes de Sucesiones?
Normalmente pide el justificante del impuesto, aunque algunas pagan antes reteniendo una parte para el impuesto.
¿Se puede cobrar si no hay testamento?
Sí. Si la póliza dice «herederos legales», se necesitará la declaración de herederos.
Errores frecuentes
- No pedir el certificado de seguros y no saber que existía una póliza.
- Olvidar presentar el Impuesto sobre Sucesiones.
- Entregar documentación incompleta y retrasar el pago.
Este artículo es información general y no sustituye el asesoramiento profesional. Las coberturas concretas dependen de tu póliza: revisa siempre sus condiciones generales y particulares o consulta con un mediador de seguros.
Escrito por Israel Medina, editor de Seguros Tranquilo. En Seguros Tranquilo explicamos los seguros con ejemplos reales y sin letra pequeña, contrastando siempre con la Ley de Contrato de Seguro y las fuentes oficiales. No vendemos seguros ni trabajamos para ninguna aseguradora. Cómo trabajamos.